Micelio

Artículo 6

Decreto 370 de 1879 · En ejecución de las leyes 14 i 15 del presente año

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 6. ° Lo espresado en los artículos anteriores no escluye la pretentacion de facturas ni de ninguna otra de las formalidades que comunmente se exijen para la introduccion de mercaderías estranjeras por las Aduanas, ni de la aplicacion de las penas consiguientes por infraccion a las leyes del ramo. Tampoco escluye la calificacion en aquellas oficinas, de si los objetos que se van a introducir son o nó de los declarados libres por las referidas leyes

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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