Micelio

Artículo 18

El Año Lectivo En Los Establecimientos De Educación Primaria, Media, Normalista Y Superior, No Universitaria, Será El Siguiente: Sector Centro-Oriental

Decreto 45 de 1962 · Por el cual se establece el Ciclo Básico de Educación Media, se determina el Plan de Estudios para el Bachillerato, y se fijan Calendario y Normas para evaluar el trabajo escolar.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El año lectivo en los establecimientos de Educación Primaria, Media, Normalista y Superior, no Universitaria, será el siguiente: Sector Centro-Oriental. I Período: Del 1º de febrero al 20 de junio, incluidos 8 días de vacaciones durante la Semana Santa. Vacaciones intermedias: del 21de junio al 7 de julio. II Período: A partir del 8 de julio. Los exámenes se iniciarán el 2 de noviembre, y las actividades escolares podrán clausurarse después del 15de mismo mes. Sector Sur-Occidental. I Período: Del 1º de octubre al 20 de diciembre. Vacaciones intermedias: del 21dediciembre al 7 de enero. II Período: A partir del 8 de enero. Los exámenes finales se iniciarán el 1º de julio, y las tareas docentes podrán clausurarse después del 15 de julio.

Parágrafo

Es entendido que el período de exámenes forma parte de las tareas escolares e implica la asistencia habitual de los alumnos al plantel. Evaluación del trabajo escolar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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