Articulo 18. La Caja Seccional tendrá su Secretario General, de libre nombramiento y remoción del Gerente, y cuyas funciones son
Asistir a las sesiones de la Junta Directiva y extender las actas correspondientes;
Presentar al Gerente los asuntos que a este corresponda resolver;
Auxiliar al Gerente en las labores de la Caja, conforme a las instrucciones que de él reciba;
Concederá los empleados permiso hasta por ocho (8) días para dejar de concurrir al trabajo;
Controlar la asistencia y disciplina del personal administrativo de la Caja;
Vigilar la Sección de Archivo y Correspondencia de la Caja;
Procurar la marcha armonía de los Departamentos entre sí, y servir de intermediario entre el Gerente y los Jefes de Departamento, y entre estos y el público en general;
Las demás que le asignen los reglamentos o el Gerente. Capítulo II Financiación y patrimonio.