Micelio

Artículo 2

Por Razones De Orden Económico O De Conveniencia Nacional, Los Ministerios De Agricultura Y Ganadería Y De Comercio E Industrias, Podrán Suspender La Utilización De Los Cupos Globales Que Hubieren Señalado Para La Exportación De Ganados Y Productos Pecuarios

Decreto 1421 de 1950 · Que fija la tasa de un impuesto y señalan modalidades para la exportación de ganados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 2º. Por razones de orden económico o de conveniencia nacional, los Ministerios de Agricultura y Ganadería y de Comercio e Industrias, podrán suspender la utilización de los cupos globales que hubieren señalado para la exportación de ganados y productos pecuarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1421 de 1950