Micelio

Artículo 10

A Partir Del 1º De Marzo De 1980 La Administración Postal Nacional Reconocerá Por Concepto De Recargo Nocturno A Aquellos De Sus Empleados Que Laboren La Totalidad De Su Jornada En Las Horas De La Noche, Un Auxilio De $ 60

Decreto 556 de 1980 · Por el cual se fijan las escalas de remuneración de los empleos de la Administración Postal Nacional y se dictan otras disposiciones

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir del 1º de marzo de 1980 la Administración Postal Nacional reconocerá por concepto de recargo nocturno a aquellos de sus empleados que laboren la totalidad de su jornada en las horas de la noche, un auxilio de $ 60.00 por cifras una de tales jomadas.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 556 de 1980