Micelio

Artículo 6

Verificado El Cumplimiento De Los Requisitos, El Ministerio De Comercio Exterior Contará Con Un Término De Veinte Días, Prorrogables Hasta Por Veinte Días Más, Para Expedir La Resolución De Selección Del Usuario-Operador Y De Declaratoria De La Respectiva Zona Franca, Escogiendo La Solicitud Que Se Ajuste Mejor A Los Términos Y Condiciones Establecidos En La Convocatoria Pública

Decreto 2480 de 1993 · por el cual se establece un régimen de zona franca industrial de bienes y de servicios para las Zonas Francas Industriales y Comerciales de Barranquilla, Buenaventura, Cartagena, Cúcuta, Palmaseca y Santa Marta, en liquidación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Verificado el cumplimiento de los requisitos, el Ministerio de Comercio Exterior contará con un término de veinte días, prorrogables hasta por veinte días más, para expedir la resolución de selección del usuario-operador y de declaratoria de la respectiva zona franca, escogiendo la solicitud que se ajuste mejor a los términos y condiciones establecidos en la convocatoria pública.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2480 de 1993