Compete a la Registraduría Nacional del Estado Civil, por medio de Acto Administrativo expedido por el Registrador Nacional, inscribir en la Carrera a los empleados públicos de la entidad que tengan derecho a ella. Así mismo, corresponde a la Registraduría Nacional del Estado Civil, por intermedio de la Dirección Nacional de Recursos Humanos, registrar las novedades que se produzcan en cada caso.
Decreto 3492 de 1986 →Vigente
Artículo 75
Compete A La Registraduría Nacional Del Estado Civil, Por Medio De Acto Administrativo Expedido Por El Registrador Nacional, Inscribir En La Carrera A Los Empleados Públicos De La Entidad Que Tengan Derecho A Ella
Decreto 3492 de 1986 · por el cual se causa una novedad de personal en la Dirección General de Impuestos Nacionales.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.