Los campamentos de obreros deben tener una capacidad mínima de 15 metros cúbicos por cada obrero que duerma en ellos, estar provistos de ventilación suficiente y de un excusado por cada veinte obreros. Queda prohibido usar en los campamentos el procedimiento denominado "de camarote," ósea una cama encima de la otra. Es igualmente prohibido mantener cerdos, perros o gallinas en estos campamentos.
Decreto 190 de 1939 →Vigente
Artículo 95
Los Campamentos De Obreros Deben Tener Una Capacidad Mínima De 15 Metros Cúbicos Por Cada Obrero Que Duerma En Ellos, Estar Provistos De Ventilación Suficiente Y De Un Excusado Por Cada Veinte Obreros
Decreto 190 de 1939 · Por el cual se reglamentan los servicios de higiene y sanidad del Ministerio de Obras Públicas y de sus dependencias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.