Micelio

Artículo 7

Prohibiciones

Ley 584 de 2000 · Por la cual se derogan y se modifican algunas disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

deroga Artículo 379 CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO de 1951deroga decreto 2663/50 modifica Artículo 379 CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO de 1951

Deróguese el literal d) del artículo 379 del Código Sustantivo del Trabajo y modifíquese el literal e) el cual quedará así:

Artículo 379. Prohibiciones .

Literal e) Promover cualesquiera cesaciones o paros en el trabajo, excepto en los casos de huelga declarada de conformidad con la ley y de huelga imputable al empleador, por incumplimiento de las obligaciones salariales con sus trabajadores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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