La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones
Formular la política general del organismo y los planes y programas que le corresponda desarrollar, de conformidad con las reglas que prescriban los estatutos, consultando la política gubernamental;
Con aprobación del Gobierno Nacional, expedir el Estatuto interno de la Empresa, determinar la estructura interna y la planta de personal;
Aprobar el proyecto de presupuesto anual de ingresos y gastos en las fechas que señalen los reglamentos, así como los traslados presupuestales necesarios para la ejecución de los programas de la Empresa y autorizar los gastos extraordinarios;
Aprobar los acuerdos de obligaciones y de gastos necesarios para la ejecución presupuestal;
Autorizar las transacciones financieras que proponga la Gerencia de la Empresa, con el fin de obtener recursos para el cumplimiento de su objetivo social;
Aprobar los estados financieros periódicos que deba elaborar la Empresa;
Autorizar a la Gerencia General para celebrar o ejecutar los actos, operaciones o contratos comprendidos en el objeto de la Empresa, de acuerdo con las cuantías y demás requisitos que prevea el Estatuto Interno;
Autorizar la gestión y la contratación de empréstitos internos o externos de acuerdo con las disposiciones legales vigentes;
Cumplir y hacer cumplir las políticas que adopte el Gobierno Nacional y las suyas propias;
Autorizar todos aquellos proyectos de inversión que .por su importancia y cuantía así lo requieran, según lo establezca el Estatuto Interno;
Aprobar las tarifas, itinerarios y rutas, a cubrir por la Empresa, con el cumplimiento de las disposiciones sobre la materia;
Las demás que le señalen las disposiciones legales y el Estatuto Interno de la Empresa. El literal c del artículo 16 quedará así: Celebrar todos los actos, operaciones y contratos comprometidos en el objeto de la Entidad, de acuerdo con las cuantías y demás requisitos que prevea el Estatuto Interno de la Empresa. (Modificado según Art 1 decreto 2180 de 19984)