Micelio

Artículo 27

Subsidio Para La Construcción De Hoteles

Decreto 3448 de 1983 · Por el cual se establece un estatuto especial para las zonas fronterizas, se otorgan estímulos e incentivos para su desarrollo y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subsidio para la construcción de hoteles. Los establecimientos hoteleros que sean construidos en los Distritos Fronterizos a partir de la fecha de expedición del presente Decreto y por un período de cinco (5) años, contarán con 3 puntos adicionales en el otorgamiento de los Certificados de Desarrollo Turístico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3448 de 1983