º En las entidades y dependencias en proceso de liquidación o fusión no se podrán proveer vacantes, salvo que se trate de empleos del nivel directivo.
Decreto 1024 de 1987 →Vigente
Artículo 3
En Las Entidades Y Dependencias En Proceso De Liquidación O Fusión No Se Podrán Proveer Vacantes, Salvo Que Se Trate De Empleos Del Nivel Directivo
Decreto 1024 de 1987 · por el cual se reglamenta el Capítulo IX, Sección II, del Decreto Extraordinario 77 de 1987.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.