Son funciones de los Gerentes de organismos ejecutores
Dirigir la marcha, negocios y operaciones del organismo, con arreglo a las leyes, los estatutos y las determinaciones del Consejo.
Representar a la Asociación extrajudicial y judicialmente
Someter a la consideración del Consejo Directivo el proyecto de planes o programas del organismo, y ejecutarlos, luego de aprobados.
Estimar los ingresos y programar el recaudo.
Ordenar o efectuar los gastos necesarios para ejecutar el presupuesto.
Velar por la correcta utilización de los fondos y por la conservación y custodia de los bienes de la entidad
Celebrar cualquier clase de contratos concernientes al objeto social, inclusive los de venta y arrendamiento de inmuebles, hipoteca y mutuo.
Alterar la forma y destinación de los bienes inmuebles.
Nombrar y remover a los funcionarios de la sociedad con excepción de aquellos cuya designación corresponde a otra persona u organismo, según las leyes, los reglamentos o los estatutos.
Dirigir, coordinar y vigilar el personal de la empresa y velar por el cumplimiento de sus funciones.
Delegar alguna o algunas de sus funciones de acuerdo con las autorizaciones del Consejo Directivo.
Nombrar apoderados especiales
Transigir, comprometer, desistir y comparece en juicioso en que se dispute la propiedad de bienes inmuebles.
Ejecutar las decisiones del Consejo. ñ) Expedir resoluciones generales o especiales.
Atender las sugerencias que le formule el Director del Insfopal.
Rendir informe anual de su gestión ante el Consejo Directivo.
Participar en las reuniones del Consejo Directivo, con voz pero sin voto.
Las demás que le señalen los estatutos y que sin estar expresamente asignadas a otra entidad o funcionarios, correspondan al giro ordinario de los negocios del organismo ejecutor.