Micelio

Artículo 26

La Junta Consultiva De Los Fondos Rotatorios De Las Fuerzas Militares Y De La Policía Nacional, Está Integrada Por: A) El Comandante General De Las Fuerzas Militares; B) El Director General De Los Servicios; C) Los Comandantes De Fuerzas Y Directores De La Policía Nacional; D) El Jefe De La División De Presupuesto Del Ministerio De Guerra

Decreto 3107 de 1965 · Por el cual se aprueban los estatutos de los Fondos Rotatorios de las Fuerzas Militares y Policía Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. La Junta Consultiva de los Fondos Rotatorios de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, está integrada por

a)

El Comandante General de las Fuerzas Militares;

b)

El Director General de los Servicios;

c)

Los Comandantes de Fuerzas y Directores de la Policía Nacional;

d)

El Jefe de la División de Presupuesto del Ministerio de Guerra.

Parágrafo

Cuando la Junta lo considere conveniente o necesario podrá asesorarse por otros funcionarios con voz pero sin voto para tratar asuntos de carácter técnico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3107 de 1965