Micelio

Artículo 3

El Pago De Los Aportes De Que Trata El Artículo Anterior Se Hará Por Duodécimas Partes, Sobre El Monto De Los Recaudos Efectivos Hechos Por El Tesoro De La Nación, En Cada Año Fiscal, Previa La Rendición De Los Informes De Que Trata El Artículo 117 Del Decreto-Ley 1675 De 1964, Sobre Normas Orgánicas Del Presupuesto

Decreto 3146 de 1965 · Por el cual se dictan unas normas de carácter presupuestal y contable, para la incorporación del producto de unos impuestos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El pago de los aportes de que trata el artículo anterior se hará por duodécimas partes, sobre el monto de los recaudos efectivos hechos por el Tesoro de la Nación, en cada año fiscal, previa la rendición de los informes de que trata el artículo 117 del Decreto-ley 1675 de 1964, sobre normas orgánicas del Presupuesto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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