Micelio

Artículo 26

Los Miembros De La Junta Directiva O Sus Suplentes Con Excepción De Los Funcionarios Públicos, Tendrán Derecho A Una Remuneración De $ 15 Por Cada Sesión A Que Asistan

Decreto 1880 de 1947 · por el cual se aprueban los Estatutos del Instituto Nacional de Aprovechamiento de Aguas y Fomento Eléctrico.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los miembros de la Junta Directiva o sus suplentes con excepción de los funcionarios públicos, tendrán derecho a una remuneración de $ 15 por cada sesión a que asistan. CAPÍTULO V De la Gerencia.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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