El curso de Información Militar de que trata el artículo 45 del Decreto 3071 de 1968, tendrá una duración mínima de doce (12) semanas, y será adelantado por los Oficiales de los Servicios de las Fuerzas Militares con título universitario de facultad mayor, en el grado de Mayor o capitán de Corbeta, que no efectúen el curso de Estado Mayor.
Decreto 73 de 1970 →Vigente
Artículo 29
El Curso De Información Militar De Que Trata El Artículo 45 Del Decreto 3071 De 1968, Tendrá Una Duración Mínima De Doce (12) Semanas, Y Será Adelantado Por Los Oficiales De Los Servicios De Las Fuerzas Militares Con Título Universitario De Facultad Mayor, En El Grado De Mayor O Capitán De Corbeta, Que No Efectúen El Curso De Estado Mayor
Decreto 73 de 1970 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 3071 de 1968
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.