Micelio

Artículo 7

Para Las Importaciones A Que Se Refieren Los Artículos 5º Y 6º Del Presente Decreto, Se Comprobará El Vínculo Con La Zona Afectada, Para Lo Cual Se Deberá Presentar Al Fondo De Reconstrucción Resurgir La Siguiente Documentación: A) Permiso De Funcionamiento De Planeación Municipal, O B) Patente De Funcionamiento, O C) Certificación De Localización Expedida Por El Alcalde Del Municipio En La Cual Se Adelantar La Actividad Respectiva

Decreto 1282 de 1987 · Por el cual se reglamenta los artículos 11 y 13 del Decreto legislativo número 3830 de 1985

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Para las importaciones a que se refieren los artículos 5º y 6º del presente Decreto, se comprobará el vínculo con la zona afectada, para lo cual se deberá presentar al Fondo de Reconstrucción RESURGIR la siguiente documentación

a)

Permiso de funcionamiento de planeación municipal, o

b)

Patente de funcionamiento, o

c)

Certificación de localización expedida por el alcalde del municipio en la cual se adelantar la actividad respectiva. Una vez estudiada y aprobada esta documentación RESURGIR procederá a emitir el visto bueno sobre la misma.

Parágrafo

Adicionalmente para las importaciones a que se refiere al artículo anterior, se requerirá además del visto bueno del Fondo de Reconstrucción RESURGIR, concepto previo favorable de la Dirección General de Aduanas en cuanto a que los bienes importados si realizan un proceso productivo completo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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