En los casos de comisión de estudios podrá proveerse el empleo vacante transitoriamente si existiere sobrantes no utilizados en el monto global fijado para pago de sueldos en la ley de apropiaciones iniciales de la Contraloría General de la República, y el designado podrá percibir el sueldo de ingreso correspondiente al cargo, sin perjuicio del pago de la asignación que pueda corresponderle al funcionario designado en comisión de estudio.
Artículo 102
En Los Casos De Comisión De Estudios Podrá Proveerse El Empleo Vacante Transitoriamente Si Existiere Sobrantes No Utilizados En El Monto Global Fijado Para Pago De Sueldos En La Ley De Apropiaciones Iniciales De La Contraloría General De La República, Y El Designado Podrá Percibir El Sueldo De Ingreso Correspondiente Al Cargo, Sin Perjuicio Del Pago De La Asignación Que Pueda Corresponderle Al Funcionario Designado En Comisión De Estudio
Decreto 937 de 1976 · Por el cual se expide el Estatuto de Personal para los empleados de la Contraloría General de la República
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.