Micelio

Artículo 2

El Administrador De Hacienda Nacional De Bucaramanga, Ejercerá Las Funciones De Tesorero De La Junta De Defensa Y Socorro De La Ciudad De Girón, Y Rendirá Cuentas A La Contraloría General De La República De La Inversión Del Auxilio Autorizado Por La Ley 114 De 1931

Decreto 2190 de 1931 · Por el cual se reglamenta la Ley 114 de 1931 y se hace un traslado para darle cumplimiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Administrador de Hacienda Nacional de Bucaramanga, ejercerá las funciones de Tesorero de la Junta de Defensa y Socorro de la ciudad de Girón, y rendirá cuentas a la Contraloría General de la República de la inversión del auxilio autorizado por la Ley 114 de 1931.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2190 de 1931