Micelio

Artículo 29

Decreto 18510618 de 1851 · Concediento privilejio esclusivo a favor de los SS. Ricardo de la Parra i Benajmin Balagge, para poner en comunicación los mares Atlantico i Pacifico, uniendo las aguas de los rios Atrato y San juan de la provincia del Chocó;

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 29° . Mediante la percepcion de los derechos i precios de trasporte Bajados por ella, la Compañia contrae la obligacion de ejecutar constantemente con cuidado, puntualidad i rapidez, i sin acepcion de nacionalidad, el trasporte de los viajeros, ganado, mercancias, jeneros i materiales cualesquiera que le fueren confiados, los cuales serán trasportados sin otra rebaja particular del precio de las tarifas, que la que se acuerde a favor de las naciones que se hayan comprometido o en lo sucesivo se comprometan por medio de tratados públicos celebrados con la Nueva Granada, a garantizar positiva i eficaz. mente a esta República sus derechos de soberanía i propiedad sobre el Istmo de Panamá i costas adyacentes, i la perfecta neutralidad de dicho Istmo i puertos situados en las bocas del Atrato i del San Juan, a fin de que en ningun tiempo sea interrumpido ni embarazado el libre tránsito por el Istmo i por este canal; pero queda espresamente advertido, i al efecto se ha estipulado especialmente aqui, que la Nueva Granada, los granadinos i sus propiedades, gozarán de todos los beneficios i ventajas que cualquiera otra nación obtenga a virtud de lo dis puesto en este artículo.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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