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Artículo 2.2.7.6.6

Asistencia Técnica Para El Desarrollo De Programas Y Servicios Con Cargo A Los Recursos Del Foniñez

Decreto 1072 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Asistencia Técnica para el desarrollo de programas y servicios con cargo a los recursos del FONIÑEZ. El Ministerio del Trabajo con base en las orientaciones técnicas dadas por las entidades que integran la Comisión Intersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia, y la instancia que corresponda para infancia y adolescencia, en lo referido los programas y servicios en el marco de la de Atención Integral a la Primera Infancia, la infancia y la adolescencia, y con el Ministerio de Educación Nacional en lo referido a la jornada escolar complementaria (JEC), en articulación con las Cajas de Compensación Familiar, expedirá los lineamientos técnicos para el desarrollo de los programas financiados con los recursos del FONIÑEZ, dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedición del presente decreto. La Comisión intersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia y el ICBF, en lo referido al programa de Atención Integral a la Primera Infancia, y el Ministerio de Educación Nacional, en lo relacionado con la Jornada Escolar Complementaria, brindarán asistencia técnica a las Cajas de Compensación Familiar que así lo requieran y a las Secretarías de Educación de las entidades territoriales certificadas, para la implementación de los programas conforme a los lineamientos establecidos.

Parágrafo

Para la estructuración de las Jornadas Escolares Complementarias, las entidades participantes deberán tener en cuenta los lineamientos que sobre esta materia sean emitidos por el Ministerio de Educación Nacional, y contemplar como mínimo aspectos relacionados con los proyectos pedagógicos o modalidades que se deberán tener en cuenta para desarrollarlas, definición de la intensidad horaria, población objeto de atención, talento humano, condiciones de infraestructura, así como, las responsabilidades de cada uno de los actores que intervienen en estas jornadas y las instancias definidas para el seguimiento y control de acuerdo con la normatividad vigente, y las directrices de las entidades territoriales certificadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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