Micelio

Artículo 59

Contra Las Determinaciones De La Junta Directiva Que Establezcan Situaciones Jurídicas Generales No Procede Recurso Alguno, Y Contra Las Que Contemplan Situaciones Individuales Y Concretas; Sólo Procede El Recurso, De Reposición, Sin Perjuicio De Las Acciones Contencioso Administrativo Que Sean Procedentes

Decreto 3546 de 1980 · Por medio del cual se aprueba el acuerdo número 055 de 1980 expedido por la Junta Directiva de la CAR

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contra las determinaciones de la Junta Directiva que establezcan situaciones jurídicas generales no procede recurso alguno, y contra las que contemplan situaciones individuales y concretas; sólo procede el recurso, de reposición, sin perjuicio de las acciones contencioso administrativo que sean procedentes. Contra los actos administrativos del Director Ejecutivo de la Corporación sólo procede el recurso de reposición surtido el cual se entiende agotada la vía gubernativa. Para los actos administrativos de los demás funcionarios habrá reposición ante los mismos y apelación ante el Director Ejecutivo. El recurso de apelación podrá intentarse directamente o en subsidio del de reposición.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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