Micelio

Artículo 16

El Ministerio De La Economía Nacional Impondrá Sanciones, Consistentes En Multas De 85 A $ 50 A Los Miembros De Las Juntas De Control De Artículos De Primera Necesidad Y De Las Juntas Asesoras Que Dejen De Concurrir A Más De Tres Sesiones Sin Excusa Comprobada

Decreto 2613 de 1946 · Por el cual se crea el Departamento de Control de Mercados y Precios y se dictan otras disposiciones sobre la materia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de la Economía Nacional impondrá sanciones, consistentes en multas de 85 a $ 50 a los miembros de las Juntas de Control de Artículos de Primera Necesidad y de las Juntas Asesoras que dejen de concurrir a más de tres sesiones sin excusa comprobada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2613 de 1946