Micelio

Artículo 1

Decreto 2669 De 1981 Modificado Parcialmente Artículo 5 Decreto 897 De 1981

Decreto 259 de 1981 · por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto extraordinario 2277 de 1979, en lo relacionado con inscripción y ascenso en el Escalafón.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículos dieciocho . Tiempo doble . A los educadores con título docente que a partir de la fecha de expedición del Decreto extraordinario 2277 de 1979, desempeñen sus funciones en escuelas unitarias, áreas rurales de difícil acceso y poblaciones apartadas, se les tendrán en cuenta como doble el tiempo de servicio para ascenso en el Escalafón. Para efectos de lo dispuesto en este artículo, establécense los siguientes criterios

a)

Denomínase escuela unitaria la escuela oficial que funciona con un solo maestro que atiende varios cursos, grupos o grados escolares;

b)

Denomínanse áreas rurales de difícil acceso las veredas, corregimientos, inspecciones de policía y, además aquellas regiones colombianas a las cuales debe trasladarse el docente en razón de su cargo, en rudimentarios medios de transporte o a pie en zonas escarpadas, cenagosas, selváticas o declaradas de orden público;

c)

Denomínanse poblaciones apartadas aquellas que tiene una de las siguientes características: Carecen de acceso por vía terrestre o solamente disponen de vía carreteable para vehículos de tracción doble. Carecen de servicios públicos, es decir no cuentan con luz permanente, acueducto o alcantarillado y carecen de telefonía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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