Micelio

Artículo 189

Decreto 444 de 1967 · Sobre régimen de cambios internacionales y de comercio exterior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Fondo de Promoción de Exportaciones realizará los estudios necesarios para lograr acceso, en condiciones competitivas, de los productos nacionales o los mercados externos, y adelantará las labores de promoción e información que se requieran para alcanzar el activo incremento y diversificación de las exportaciones, tanto dentro del país como en el Exterior. Para tales efectos desarrollará, en particular, las siguientes funciones

a)

Estudiar los mercados externos para las exportaciones colombianas;

b)

Informar a los exportadores acerca de los procedimientos de exportación, los estímulos y las posibilidades financieras existentes,

c)

Divulgar entre los exportadores las oportunidades que ofrezcan los mercados externos y los procedimientos para lograra el acceso a ellos de los productos colombianos,

d)

Estudiar y hacer conocer de los productores y exportadores colombianos las condiciones de calidad, especificaciones técnicas, empaques, sistemas de ventas y demás modalidades a las cuales deben ajustarse las exportaciones para su aceptación en el Exterior;

e)

Dar aviso oportuno de las licitaciones que para la adquisición de artículos susceptibles de producirse en Colombia se abran en el Extranjero;

f)

Publicar y distribuir directorios de importadores extranjeros, editar un directorio nacional de exportaciones y hacer las demás publicaciones encaminadas a proveer a estos de información permanente y oportuna sobre los factores de orden externo o interno relacionados con sus actividades:

g)

Organizar seminarios y cursos sobre exportaciones;

h)

Realizar las labores de propaganda que considere adecuadas, en cooperación con los exportadores, cuando fuere el caso;

i)

Otorgar asistencia técnica en campos, tales como control de calidad, empaques, cotizaciones, canales de distribución y venta en el Exterior y publicidad;

j)

Suministrar muestras de productos nacionales y organizar oficinas permanentes de información, en acuerdo con las Embajadas, Consulados y Agregados Comerciales del país, y

k)

Promover la participación de Colombia en ferias y exposiciones que contribuyan al aumento de las exportaciones nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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