°. El artículo tercero del Decreto 2301 de 1997 quedará así: “Artículo tercero. Composición. El Consejo Asesor “Sistema Año 2000” estará integrado de la siguiente forma: · El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado, quien lo presidirá. · El Ministro de Comunicaciones o su delegado. · El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado. · El Contralor General de la República o su delegado. · El Defensor del Pueblo o su delegado. · El Director de Colciencias o su delegado. · El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República o su delegado. · El Superintendente Bancario o su delegado. · El Director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales o su delegado. · El Director del Departamento Nacional de Estadística, DANE o su delegado.
La Secretaría Técnica podrá invitar a las deliberaciones del Consejo Asesor “Sistemas Año 2000” a las demás personas naturales o jurídicas del sector público o privado que considere pertinentes.