Micelio

Artículo 15

Las Propuestas De Contrato Para La Explotación De Las Sustancias A Que Se Refiere El Artículo 110 Del Código Fiscal Deberán Presentarse Al Ministerio De Industrias Y En Ellas Se Expresará: A) El Nombre, Apellido, Nacionalidad, Vecindad O Domicilio Del Proponente O Proponentes

Decreto 1054 de 1932 · POR EL CUAL SE REGLAMENTAN LOS ARTICULOS 4°, APARTES c) Y d), Y 110 DEL CODIGO FISCAL, Y 5° DE LA LEY 52 DE 1931, Y SE ADICIONA EL DECRETO NUMERO 566 DE 1932

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las propuestas de contrato para la explotación de las sustancias a que se refiere el artículo 110 del Código Fiscal deberán presentarse al Ministerio de Industrias y en ellas se expresará

a)

El nombre, apellido, nacionalidad, vecindad o domicilio del proponente o proponentes.

b)

El nombre del Municipio o Municipios y del Departamento, Intendencia o Comisaría a que pertenezcan los terrenos que son objeto de la propuesta.

c)

Si el terreno solicitado es baldío o baldío adjudicado con posterioridad a las leyes que establecieron para la Nación la reserva de las sustancias de que trata el artículo 110 del Código Fiscal.

d)

Los linderos del terreno que se solicite y el área comprendida en ellos. A la propuesta se acompañará, cuando ella verse sobre explotación de los depósitos a que se refiere el aparte d) del artículo 4º del Código Fiscal, un croquis topográfico ilustrativo de la situación, linderos y superficie del lote solicitado. Se indicarán también en dicho croquis los sitios en donde se hallen los depósitos materia del contrato. Cuando la propuesta verse sobre la explotación de las minas a que se refiere el aparte c) del artículo 4º del Código Fiscal, a la propuesta se acompañará un croquis topográfico en donde se anoten la longitud y rumbo de cada uno de los lados del rectángulo a que se refiere el artículo 2º del presente Decreto, relacionando uno de los vértices con un punto arcifinio sobre el terreno distante no más de 5 kilómetros. En dicho mapa se anotaran igualmente los distintos afloramientos de los minerales que se desea explotar, con indicación de su rumbo y buzamiento con los signos convencionales usados. Se acompañará igualmente una memoria explicativa de los principales accidentes geológicos y topográficos de la zona a que se refiere la propuesta. Cuando a juicio del Ministerio del ramo sea necesario verificar en el terreno la autenticidad de los estudios de que trata este artículo, así podrá disponerlo, siendo de cargo del proponente los gastos a que haya lugar, y si de esta verificación se comprobare que el plano o los datos son manifiestamente ficticios, se archivará la propuesta. Si no se hiciere la consignación en el plazo de treinta días, se archivará el expediente quedando caducada la solicitud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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