Micelio

Artículo 82

En Las Obras Que Tengan Un Personal Numeroso, Y En Las Vías De Gran Extensión, Se Tendrán Inspectores De Sanidad Con Las Siguientes Funciones: A) De Carácter Preventivo

Decreto 190 de 1939 · Por el cual se reglamentan los servicios de higiene y sanidad del Ministerio de Obras Públicas y de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En las obras que tengan un personal numeroso, y en las vías de gran extensión, se tendrán Inspectores de Sanidad con las siguientes funciones

a)

De carácter preventivo. Hacer barrer diariamente los campamentos; vigilar por el buen funcionamiento de los W. C. y por el aseo de los alrededores de los campamentos; indicar al medico y a los Inspector de trabajos cuales son los jefes de cuadrilla que no cumplen con las precedentes obligaciones ; indicar al medico las necesidades sanitarias de cada campamento, a fin de que se haga la correspondiente reclamación, por escrito, al Ingeniero Jefe de la obra; hacer hervir el agua que deban tomar los obreros; pedir a la botica los elementos que sean necesarios para completar los equipos sanitarios de la línea; hacer que en los campamentos haya la dotación de elementos necesarios para el aseo personal de los obreros, como platones, jarras, etc., mantener en los campamentos la provisión de flit, de CN o de cualquier otro elemento que se utilice para destruir los parásitos, chinches, pulgas, niguas, etc. En los climas palúdicos, hacer que los obreros usen los mosquiteros;

b)

De carácter curativo. Mantener el equipo de drogas urgentes, hacer las curaciones, poner las inyecciones, lavados, etc., que el medico le ordene, y llevar el libro de gasto de drogas, con indicación del nombre del enfermo y la cantidad de la droga que le entregó. Enfermeros Vigilantes, etc.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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