Micelio

Artículo 105

Ley 104 de 1993 · por la cual se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y se dictan otras disposiciones.

1 sentencia lo revisó
01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sin perjuicio de lo prescrito en otras disposiciones, los suscriptores, licenciatarios o las personas autorizadas para emplear los sistemas de radiocomunicaciones a que se refiere el artículo 102 de la presente Ley, tendrán las siguientes obligaciones:

1.

Portar permanentemente la tarjeta distintiva de suscriptor o persona autorizada expedida por el concesionario o licenciatario.

2.

Adoptar las medidas de seguridad idóneas para que el equipo no sea hurtado o extraviado.

3.

Utilizar personalmente el equipo de radiocomunicaciones.

4.

No enviar mensajes cifrados o en lenguaje ininteligible.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

  1. 1995
    C-586/95Constitucionalidad · «Numeral 4»EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de cada sentencia
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