Micelio

Artículo 4

Las Instituciones Financieras Sometidas Al Control Y Vigilancia De La Superintendencia Bancaria A Que Se Refiere El Presente Decreto Estarán Sujetas, Además, A Las Siguientes Limitaciones: 1º El Conjunto De Operaciones Activas De Crédito Con Sus Administradores Y Empleados, Así Como Con Sus Cónyuges Y Parientes Dentro Del Segundo Grado De Consanguinidad O De Afinidad, O Único Civil, No Podrá Exceder Del Cincuenta Por Ciento (50%) Del Capital Pagado Y Reservas De La Institución Financiera

Decreto 415 de 1987 · por la cual se dictan normas sobre límites de crédito.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las instituciones financieras sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria a que se refiere el presente Decreto estarán sujetas, además, a las siguientes limitaciones: 1º El conjunto de operaciones activas de crédito con sus administradores y empleados, así como con sus cónyuges y parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o de afinidad, o único civil, no podrá exceder del cincuenta por ciento (50%) del capital pagado y reservas de la institución financiera. 2º El conjunto de operaciones activas de crédito con sus accionistas y sus cónyuges o parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad o único civil, no podrá superar el 100% del capital pagado y reservas, salvo cuando existan garantías reales por el excedente, en cuyo caso tales operaciones no podrán superar el 250% de los citados capital y reservas.

Parágrafo

Las operaciones activas de crédito celebradas con accionistas titulares del 5% o más de capital suscrito, y con administradores, sus cónyuges y sus parientes que se encuentren en los eventos establecidos en el presente artículo requerirán para su aprobación del voto unánime de los miembros de la junta directiva y no podrán convenirse en condiciones diferentes a las que generalmente utiliza la entidad para con el público, según el tipo de operación. En el acta correspondiente a la reunión se dejará constancia de que los límites aquí establecidos se han cumplido estrictamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 415 de 1987