Micelio

Artículo 4

º Los Contratos Que Se Celebren En Desarrollo Del Artículo Anterior Solo Requerirán Para Su Validez Y Perfeccionamiento, De La Firma De Las Partes Y Su Publicación En El Diario Oficial, Requisito Que Se Entiende Cumplido Con La Orden De Publicación Impartida Por El Director General De Crédito Público Y Estarán Exentos Del Impuesto De Timbre Nacional

Decreto 1144 de 1991 · por el cual se ordena una emisión de Títulos de Deuda Pública Externa de la Nación hasta por la suma de US$ 200.000.000 de los Estados Unidos de América.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los contratos que se celebren en desarrollo del artículo anterior solo requerirán para su validez y perfeccionamiento, de la firma de las Partes y su publicación en el Diario Oficial, requisito que se entiende cumplido con la orden de publicación impartida por el Director General de Crédito Público y estarán exentos del impuesto de timbre nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1144 de 1991