º . A partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, cuando para las subpartidas señaladas en los artículos anteriores varíen los gravámenes o índices aplicables a las importaciones originarias y procedentes de terceros países en cumplimiento de los acuerdos suscritos por Colombia, se aplicará a las importaciones originarias y procedentes de Perú el gravamen o índice de dichos acuerdos que resulte ser más favorable.
Decreto 1600 de 2003 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1600 de 2003 · por el cual se da aplicación al artículo 155 del Acuerdo de Cartagena.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.