Micelio

Artículo 4

En Las Fuerzas Militares Y En La Policía El Manejo Contable Debe Ejecutarse De Acuerdo Con La Reglamentación Vigente Para Los Fondos Internos, En Un Subcuenta De Destinación Exclusiva

Decreto 796 de 1987 · por el cual se establecen las tarifas para la prestación de los servicios médico-asistenciales a los beneficiarios del personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º En las Fuerzas Militares y en la Policía el manejo contable debe ejecutarse de acuerdo con la reglamentación vigente para los Fondos Internos, en un subcuenta de destinación exclusiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 796 de 1987