Micelio

Artículo 3

Ajuste De Activos Y Pasivos En Moneda Extranjera: A) Ajuste De Cambio Neto (Peso-Dólar Y Dólar-Otras Monedas)

Decreto 234 de 1993 · por el cual se reglamenta el artículo 60 de la Ley 31 de 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Ajuste de activos y pasivos en moneda extranjera

a)

Ajuste de cambio neto (peso-dólar y dólar-otras monedas). El ajuste de cambio debe aplicarse tanto sobre los activos como sobre los pasivos en moneda extranjera. Si el resultado neto, incluyendo el diferencial dólar-otras monedas, es positivo, el ajuste cambiario debe registrarse como un superávit patrimonial en la contabilidad del Banco de la República, y si es negativo, como un egreso en el estado de resultados de la Cuenta Especial de Cambios.

b)

Valorizaciones. Las valorizaciones entendidas como el mayor valor del activo en relación a su costo neto en libros, por efectos de un incremento en el precio del mismo en el mercado, deben contabilizarse como un superávit patrimonial en la contabilidad del Banco de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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