Micelio

Artículo 4

El Superintendente Podrá Suspender O Revocar, Según El Caso, El Permiso De Funcionamiento De Las Bolsas De Productos, Cuando Éstas No Se Ajusten A Las Leyes, A Sus Estatutos Y Reglamentos O Realicen Actividades Ajenas A Su Objeto Y Cuando No Acaten Oportunamente Las Decisiones De La Superintendencia

Decreto 789 de 1979 · Por el cual se reglamenta el funcionamiento de las bolsas de productos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Superintendente podrá suspender o revocar, según el caso, el permiso de funcionamiento de las bolsas de productos, cuando éstas no se ajusten a las leyes, a sus estatutos y reglamentos o realicen actividades ajenas a su objeto y cuando no acaten oportunamente las decisiones de la Superintendencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 789 de 1979