° Las prestaciones sociales del personal docente nacionalizado, causadas hasta el 31 de diciembre de 1975, son de responsabilidad de la entidad territorial a la cual estaban vinculados tales docentes con cargo a la respectiva caja de previsión seccional o a la entidad que hiciere sus veces. Tales prestaciones sociales seguirán a cargo de dichas entidades, así como los correspondientes reajustes y la sustitución de pensiones que ocurran en cualquier fecha.
Decreto 2563 de 1990 →Vigente
Artículo 4
Las Prestaciones Sociales Del Personal Docente Nacionalizado, Causadas Hasta El 31 De Diciembre De 1975, Son De Responsabilidad De La Entidad Territorial A La Cual Estaban Vinculados Tales Docentes Con Cargo A La Respectiva Caja De Previsión Seccional O A La Entidad Que Hiciere Sus Veces
Decreto 2563 de 1990 · por el cual se determinan las responsabilidades de pago de las prestaciones sociales del personal docente nacional y nacionalizado y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.