Micelio

Artículo 7

Ley 63 de 1944 · Por la cual se crean plazas de Magistrados, Jueces, Fiscales, tres juzgados promiscuos, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quedan reformados los artículos 2°, 5°, 7°, 17 y derogado el artículo 3° del Decreto número 1714 de 1936.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 63 de 1944