Micelio

Artículo 34

El Patrimonio Del Instituto Por Los Terrenos, Edificios, Instalaciones, Equipos, Muebles, Enseres Y Los Demás Bienes Y Elementos Que Estaban Adscritos A La División De Radio Y Televisión Nacionales, Según Inventario Y Avaluó Resultantes Del Acto De Transferencia Verificado Por El Ministerio De Comunicaciones A Favor Del Instituto, De Acuerdo Con El Artículo 45 Del Decreto-Ley 3267 De 1963

Decreto 1170 de 1969 · Por el cual se aprueban los estatutos del Instituto Nacional de Radio y Televisión

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El patrimonio del Instituto por los terrenos, edificios, instalaciones, equipos, muebles, enseres y los demás bienes y elementos que estaban adscritos a la división de radio y televisión nacionales, según inventario y avaluó resultantes del acto de transferencia verificado por el ministerio de comunicaciones a favor del instituto, de acuerdo con el Artículo 45 del decreto-ley 3267 de 1963.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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