A nadie se le podrá imputar más de una vez la misma conducta punible, cualquiera sea la denominación jurídica que se le dé o haya dado, salvo lo establecido en los instrumentos internacionales.
Ley 599 de 2000 →Vigente
Artículo 8
Prohibición De Doble Incriminación
Ley 599 de 2000 · LEY 599 DE 2000, 24/07/2000, Por la cual se expide el Codigo Penal
2 sentencias lo revisaron
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
- 2001C-551/01ConstitucionalidadEXEQUIBLE
- 2001C-554/01Constitucionalidad · «" Salvo Lo Establecido En Los Instrumentos Internacionales "»EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia