Son funciones de la Sección de Asuntos Municipales y Acción Comunal
Dirigir las actividades de las Alcaldes en el cumplimiento de la función de agentes del Gobierno en el Municipio;
Asesorar a los Municipios en las gestiones que deben realizar ante el Departamento y demás entidades, tanto de derecho público como privado;
Coordinar las actividades del Gobierno Departamental en los Municipios;
Coordinar, con la Sección de Personal y Servicios Generales, la asistencia a los Municipios en la administración y adiestramiento de su personal;
Velar por el buen funcionamiento administrativo de los Municipios y coordinar con la Oficina de Planeación Departamental, los estudios sobre el mejoramiento de la organización municipal;
Tramitar, con la Oficina de Planeación y con la Oficina Administrativa, la asistencia a los Municipios, en aspectos de planeación y de programación presupuestal;
Enviar a la Oficina de Planeación lee presupuestos municipales y los; acuerdos respectivos, para revisión por esa dependencia, en los casos en los cuales éstos lo requieran, y velar por su pronto diligenciamiento;
Coordinar, con las demás entidades departamentales y con personas tanto públicas como privadas, la asistencia técnica y administrativa a los Municipios, en coordinación con la Oficina de Planeación Departamental;
Promover, por intermedio de los Alcaldesa e Inspectores, las actividades y campañas de ayuda mutua y coordinar los planes y programas que se adelanten en los Municipios por las demás dependencias de la Gobernación y por organismos tanto públicos como privados;
Dirigir, controlar y evaluar las actividades de las entidades o personas que laboren en asuntos de Acción Comunal;
Realizar programas de fomento cooperativo y coordinar su desarrollo con las demás dependencias de la administración departamental;
Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales sobre Acción Comunal y Cooperativismo;
Colaborar, con los Promotores de Acción Comunal destacados por el Ministerio de Gobierno en el Departamento, para la coordinación de programas de Integración Popular. 2. Sección de Orden Público y Justicia.