Micelio

Artículo 11

Decreto 742 de 1985 · Por el cual se crea la Comisión de Gasto Público y se señalan sus funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se harán con cargo al presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público o del Departamento Nacional de Planeación. Igualmente el Gobierno Nacional podrá solicitar al Banco de la República y a los bancos vinculados al Ministerio de Hacienda y Crédito Público que, con sujeción a sus estatutos, asuman total o parcialmente el pago de las erogaciones a que dé lugar la Comisión de Gasto Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 742 de 1985