º El artículo 29 del citado Decreto número 95, quedará así: "El Cuerpo Diplomático será invitado a las siguientes ceremonias oficiales
Al Tedéum que se celebrará en la Basílica Primada el 1º de enero y 20 de julio.
A las recepciones dadas al Cuerpo Diplomático en el Palacio Presidencial en tales fechas.
A las fiestas oficiales del Estado, y a las ceremonias civiles o religiosas a que por su importancia el Gobierno juzgue oportuno que asista el Cuerpo Diplomático.
A los funerales del Presidente de la República y de los altos dignatarios del Estado, cuando el Poder Ejecutivo decrete tales honras."