Titulación. La facultad para otorgar el título académico de un programa de educación superior corresponde exclusivamente a la institución o instituciones colombianas a las que el Ministerio de Educación Nacional autoriza mediante el otorgamiento del registro calificado. En todo caso, en el diploma se podrán mencionar las instituciones nacionales o extranjeras que no son titulares del programa con las que, a través de convenio, se desarrolló el programa académico en Colombia.
Solamente estarán autorizadas para realizar la publicidad del programa académico, la(s) institución(es) titulares del registro calificado, una vez se encuentre en firme el acto administrativo que decidió la solicitud del registro calificado.