Micelio

Artículo 11

De Los Empleos Administrativos De Los Fondos Educativos Regionales

Decreto 386 de 1980 · Por el cual se fijan asignaciones básicas mensuales correspondientes a los distintos grados del escalafón nacional docente y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los empleos administrativos de los Fondos Educativos Regionales. Los empleados administrativos de los Fondos Educativos Regionales y de las Delegaciones Regionales del Ministerio de Educación Nacional se regirán por el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración de cargos fijados para el personal administrativo de dicho Ministerio. También se aplicará a tales1 empleado; el régimen de prestaciones sociales del personal administrativo del Ministerio de Educación Nacional. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto número 2277 de 1979, las Juntas Administradoras de los Fondos Educativos Regionales procederán a presentar a consideración de dicho Ministerio, las respectivas plantas de personal que deberán ser aprobadas por el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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