En cada Municipio en donde exista plaza permanente de toros, habrá una comisión taurina integrada por dos veterinarios y tres aficionados de reconocida competencia designados por el Alcalde y por sendos representantes de los criadores de reses de lidia y de las agremiaciones de toreros.
Decreto 1355 de 1970 →Vigente
Artículo 166
En Cada Municipio En Donde Exista Plaza Permanente De Toros, Habrá Una Comisión Taurina Integrada Por Dos Veterinarios Y Tres Aficionados De Reconocida Competencia Designados Por El Alcalde Y Por Sendos Representantes De Los Criadores De Reses De Lidia Y De Las Agremiaciones De Toreros
Decreto 1355 de 1970 · Por el cual se dictan normas sobre policía
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.