Micelio

Artículo 127

La Federación Colombiana De Tiro Y Caza Suspenderá O Retirará, Según El Caso, Por Decisión Del Comando General De Las Fuerzas Militares, El Club Afiliado O Socio Del Mismo Que Infrinjan Las Normas Sobre Seguridad Y Empleo De Las Armas Y Municiones Estipulados En Este Decreto Y Demás Disposiciones Emitidas Por Este Comando

Decreto 1663 de 1979 · Por el cual se expide el estatuto nacional para el control y comercio de armas, municiones, explosivos y sus accesorios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Federación Colombiana de Tiro y caza suspenderá o retirará, según el caso, por decisión del Comando general de las Fuerzas Militares, el club afiliado o socio del mismo que infrinjan las normas sobre seguridad y empleo de las armas y municiones estipulados en este decreto y demás disposiciones emitidas por este Comando.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1663 de 1979