Micelio

Artículo 14

El Incumplimiento De Cualquiera De Las Obligaciones Impuestas Por Este Decreto, Se Sancionará Conforme A Lo Previsto En El Decreto Legislativo Número 1795 De 1950, Todo Sin Perjuicio De Las Sanciones Civiles O Penales A Que Hubiere Lugar

Decreto 1206 de 1967 · Por el cual se reglamenta la industria de alimentos para animales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones impuestas por este Decreto, se sancionará conforme a lo previsto en el Decreto legislativo número 1795 de 1950, todo sin perjuicio de las sanciones civiles o penales a que hubiere lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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