Micelio

Artículo 2.22.1.2.3.4

Infraestructura Y Buenas Prácticas Para El Almacenamiento, Distribución Y Comercialización

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Infraestructura y buenas prácticas para el almacenamiento, distribución y comercialización. El Ministerio de Salud y Protección Social, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos y el Departamento Nacional de Planeación, en el marco de sus competencias, realizarán acciones relacionadas con la promoción de buenas prácticas en infraestructura, logística, manufactura, manejo, comercialización y aprovechamiento circular de los alimentos que contribuyan a evitar y minimizar los desperdicios que se dan en la cadena de almacenamiento, distribución y comercialización, y buscarán alternativas para el aprovechamiento de los residuos orgánicos provenientes de los desperdicios de alimentos generados en estos procesos.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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