Micelio

Artículo 16

Decreto 831 de 1980 · Por el cual se determinan la estructura y Oganización de la Comisión Nacional de Valores y se asignan Funciones a sus Organos y Dependencias internas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministro de Desarrollo Económico en representación de la Nación colombiana y de acuerdo con los términos de las delegaciones presidenciales vigentes, celebrará los contratos que se requieran para el funcionamiento y cabal cumplimiento de las tareas asignadas por la ley a la Comisión Nacional de Valores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 831 de 1980